Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
Sin responsabilidad al Ad quem.
En aplicación del art. 17 IV de la Ley del Órgano Judicial Nº 025, remítase copia de la presente resolución al Consejo de la Magistratura a los fines consiguientes de ley.
Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
En aplicación del art. 17 IV de la Ley del Órgano Judicial Nº 025, remítase copia de la presente resolución al Consejo de la Magistratura a los fines consiguientes de ley.
Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
- Expediente: CH-38-18-S
- Distrito: Chuquisaca
- CONSIDERANDO I
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- III. 1. La nulidad de obrados y el principio de trascendencia
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- Sobre el tema en el Auto Supremo No
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- CONSIDERANDO IV
- POR TANTO: El Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, Sala Civil, con
- Regístrese, comuníquese y devuélvase
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina.
