A efecto de resolver el recurso en estudio, dentro del marco establecido por el Auto
CONSIDERANDO IV:
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
A efecto de resolver el recurso en estudio, dentro del marco establecido por el Auto de Vista recurrido y los fundamentos del recurrente, considerado la doctrinal legal establecida para el caso de autos, se hacen necesarias las siguientes consideraciones:
En principio, el Tribunal Supremo de Justicia, constituido en su Sala Civil, no puede pasar por alto la deficiencia del recurso, pues, de su lectura se evidencia que es carente de toda técnica recursiva, incumpliendo sobre todo con los requisitos exigidos por el art. 274.I num. 3 del Código Procesal Civil, sin embargo, al haber sido admitido y considerando que el ritualismo y formalismo que antes rodeaba al recurso de casación, fue superado con una nueva visión de impartir justicia y de respeto al derecho de impugnación que poseen las partes en litigio, se pasa a considerar el recurso planteado por el demandante
FUNDAMENTOS DE LA RESOLUCIÓN
A efecto de resolver el recurso en estudio, dentro del marco establecido por el Auto de Vista recurrido y los fundamentos del recurrente, considerado la doctrinal legal establecida para el caso de autos, se hacen necesarias las siguientes consideraciones:
En principio, el Tribunal Supremo de Justicia, constituido en su Sala Civil, no puede pasar por alto la deficiencia del recurso, pues, de su lectura se evidencia que es carente de toda técnica recursiva, incumpliendo sobre todo con los requisitos exigidos por el art. 274.I num. 3 del Código Procesal Civil, sin embargo, al haber sido admitido y considerando que el ritualismo y formalismo que antes rodeaba al recurso de casación, fue superado con una nueva visión de impartir justicia y de respeto al derecho de impugnación que poseen las partes en litigio, se pasa a considerar el recurso planteado por el demandante
- Cornejo
- Proceso: Nulidad de minuta de venta y cancelación y rehabilitación de partidas
- VISTOS: El recurso de casación planteado por Enrique Zenteno Mamani cursante de fs
- CONSIDERANDO I
- 4
- Enrique Zenteno Mamani, en el recurso en estudio, afirmando que la resolución impugnada al confirmar
- 2
- 3
- 5.- Existió falta de valoración del muestrario fotográfico correspondiente al dictamen pericial documentológico
- 6
- II.1. Petitorio
- Habiendo sido legalmente notificados los demandados con el decreto de fs
- III.1. Del instituto de la cosa juzgada
- La doctrina señala tradicionalmente que, para que sea procedente la excepción de cosa juzgada es
- III.2. De la valoración de la prueba
- Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
- El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
- Por otra parte, respecto a la actividad valorativa de la prueba por parte de los
- A efecto de resolver el recurso en estudio, dentro del marco establecido por el Auto
- Al fin indicado, es necesario tomar en cuenta que el caso de autos, concluyó en
- De la lectura de la resolución antedicha y que fue presentada en la presente causa
- El fundamento del párrafo precedente sirve también para afirmar que ante la existencia del instituto
- Similar razonamiento se esgrime en relación a la supuesta transgresión al principio de verdad material,
- Por el fundamento de la presente resolución, se concluye que en la resolución del recurso
- POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
- Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina
