Auto Supremo AS/1297/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/1297/2018

Fecha: 20-Dic-2018

CONSIDERANDO I

CONSIDERANDO I:
ANTECEDENTES DEL PROCESO
1.Planteada la demanda sumaria de nulidad de minuta de venta, cancelación y rehabilitación de partida, de fs. 38 a 40 vta., ratificada a fs. 44 y 46 por Enrique Zenteno Mamani, dirigiendo su acción contra Nelly Rodríguez de Zubieta y Raúl Copana Cornejo, quienes una vez debidamente citados, dedujeron incidente de nulidad (fs. 98 vta.), declarado improbado mediante Resolución Nº 055/2009 de 22 de enero (fs. 107 y vta.), designándosele al co demandado Raúl Copana Cornejo defensor de oficio mediante providencia de fs. 167, en la persona de la Dra. Rosario Molina. La co demandada Nelly Rodríguez de Zubieta planteó excepción sobreviniente de cosa juzgada (fs. 301 a 303), tramitándose el proceso hasta la emisión de la Sentencia Nº 868/2015 de 13 de noviembre (fs. 494 a 497 vta.), pronunciada por el Juez Décimo de Instrucción en lo Civil de la ciudad de La Paz, declarando IMPROBADA la demanda y PROBADA la excepción sobreviniente (perentoria) de cosa juzgada opuesta por la co demandada Nelly Rodríguez de Zubieta.

2.Enrique Zenteno Mamani, mediante memorial de fs. 503 solicitó aclaración y explicación a la sentencia, pronunciando el juez de la causa el Auto de 18 de enero de 2016 (fs. 504) que declaró no haber lugar a la aclaración y explicación solicitada