Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/1297/2018
Fecha: 20-Dic-2018
II.1. Petitorio
II.1. Petitorio
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Cornejo
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Proceso: Nulidad de minuta de venta y cancelación y rehabilitación de partidas
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VISTOS: El recurso de casación planteado por Enrique Zenteno Mamani cursante de fs
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CONSIDERANDO I
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Enrique Zenteno Mamani, en el recurso en estudio, afirmando que la resolución impugnada al confirmar
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5.- Existió falta de valoración del muestrario fotográfico correspondiente al dictamen pericial documentológico
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II.1. Petitorio
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Habiendo sido legalmente notificados los demandados con el decreto de fs
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III.1. Del instituto de la cosa juzgada
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La doctrina señala tradicionalmente que, para que sea procedente la excepción de cosa juzgada es
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III.2. De la valoración de la prueba
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Así también, Víctor De Santo, en su obra “La Prueba Judicial” (Teoría y Práctica), indica:
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El principio de comunidad de la prueba es: “La prueba no pertenece a quien la
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Por otra parte, respecto a la actividad valorativa de la prueba por parte de los
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A efecto de resolver el recurso en estudio, dentro del marco establecido por el Auto
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Al fin indicado, es necesario tomar en cuenta que el caso de autos, concluyó en
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De la lectura de la resolución antedicha y que fue presentada en la presente causa
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El fundamento del párrafo precedente sirve también para afirmar que ante la existencia del instituto
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Similar razonamiento se esgrime en relación a la supuesta transgresión al principio de verdad material,
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Por el fundamento de la presente resolución, se concluye que en la resolución del recurso
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POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
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Relator: Mgdo. Dr. Marco Ernesto Jaimes Molina
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