Auto Supremo AS/0027/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0027/2018

Fecha: 28-Feb-2018

No obstante estas deficiencias en su redacción, de conformidad al principio de accesibilidad dispuesto en

No obstante estas deficiencias en su redacción, de conformidad al principio de accesibilidad dispuesto en el parágrafo I del artículo 180 de la Constitución Política del Estado, es menester realizar las siguientes consideraciones:
II.3.1.- La autoridad de primera instancia, arguyó que previo al despido de Luis Armando Aponte Urquidi correspondía sustanciar un proceso administrativo interno, garantizando la presunción de inocencia y el debido proceso, no consideró que el actor en reiteradas oportunidades incurriera en conductas que ameritaban el despido legal y justificado, por lo que el Juez no valoró la prueba conforme a derecho, interpretando y aplicando erróneamente la ley