Auto Supremo AS/0034/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0034/2018

Fecha: 27-Feb-2018

A su vez el Art

Por su parte el Art. 151 de la misma ley procesal laboral, prescribe que durante el término probatorio las partes podrán valerse de todos las medios de justificación, como ser: instrumentales, la confesión, el testimonio de terceros, la inspección judicial, los dictámenes periciales, los informes, los indicios, los medios científicos, y cualesquier otro elemento racional que sirva a la formación de la convicción del Juez, siempre que no estén expresamente prohibidos por la Ley, ni sean contrarios a la moral o al orden público.
A su vez el Art. 201 del CPT, establece que puesto el expediente por secretaría en el despacho del Juez, inmediatamente vencido el término de prueba, con sin alegatos ni solicitud expresa de resolución, éste pronunciará sentencia