Auto Supremo AS/0034/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0034/2018

Fecha: 27-Feb-2018

No obstante de ello, la empresa demandada una vez aperturado el periodo probatorio, no ofreció

No obstante de ello, la empresa demandada una vez aperturado el periodo probatorio, no ofreció ni produjo ningún medio probatorio, por consiguiente no cumplió con la obligación procesal que le asigna el Art. 66 del Código Procesal de Trabajo, vinculado al principio de inversión de la prueba, por cuanto al estar la pretensión de la parte actora, revestida de una presunción de veracidad, necesariamente debe ser destruida por el empleador con las pruebas que este aporté en su defensa. El efecto directo de la inactividad del empleador, fue que el juez de primera instancia declare probada la demanda, al no existir prueba que desvirtué la pretensión del actor