Auto Supremo AS/0034/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0034/2018

Fecha: 27-Feb-2018

Este precepto jurídico al ser remisivo a otra ley especial, nos remite al Art

Este precepto jurídico al ser remisivo a otra ley especial, nos remite al Art. 261.III del Código Procesal Civil, el mismo que establece, que cualquiera de las partes podrá solicitar el diligenciamiento de prueba en segunda instancia, tanto en el escrito de interposición del recurso como en el de contestación, y el tribunal superior accederá a la solicitud en los siguientes casos:
1. Cuando las partes lo pidieren de común acuerdo