Auto Supremo AS/0043/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0043/2018-RA

Fecha: 05-Feb-2018

En el segundo motivo de casación, por el cual la recurrente denunció que el Tribunal


En el segundo motivo de casación, por el cual la recurrente denunció que el Tribunal de apelación incurrió en falta de fundamentación, porque no había identificado las pruebas que sustentaron su individualización en la comisión de los delitos acusados, que resolvió con argumentos generales la denuncia fundada en la existencia del defecto de sentencia previsto por el inc. 5) del art. 370 del CPP, además que no se hubiere realizado la individualización del imputado por falta de aplicación de la incomunicabilidad prevista por el art. 24 del CP, razón por la que se había vulnerado el debido proceso, incurriéndose en el defecto previsto por el inc. 3) del art. 169 de la norma Adjetiva Penal y que el de alzada al no aplicar la doctrina señalada por el A.S. 435/3014 –sin fecha exacta-, “al no haber subsanado las observaciones de la Sala Penal Liquidadora del Tribunal Supremo de Justicia” habría incumplido lo dispuesto por los arts. 115 y 116 de la CPE. Expone argumentos generales sin identificar el fundamento del Tribunal de apelación que carecería de los parámetros de una resolución fundada, además de exponer argumentos confusos que no permiten establecer con claridad, los hechos resueltos sin la debida fundamentación, además de no establecer de manera precisa cual sería la supuesta contradicción entre el precedente que cita y la resolución impugnada, deviniendo en inadmisible el motivo de casación por incumplimiento del segundo párrafo del art. 417 del CPP. De igual manera, si bien la recurrente hizo alusión a la vulneración del debido proceso, señalando que el mismo constituye defecto absoluto, al no haber fundamentado de manera correcta los antecedentes generadores del defecto, este segundo aspecto analizado del primer motivo de casación, también es inadmisible por incumplimiento de los requisitos de flexibilización