En el tercer motivo de casación, al igual que en el motivo anteriormente analizado, si
En el tercer motivo de casación, al igual que en el motivo anteriormente analizado, si bien la recurrente invocó precedentes contradictorios, nuevamente incurre en exponer argumentos confusos, contradictorios y que no tienen relación con el caso de autos, al extremo de mencionar nombres de imputados que no son parte del presente proceso –Mario Ramos Maturano y Juan Carlos Mesa Farell- y hacer referencia a un hecho ilícito que no fue objeto del proceso como el “Asesinato”; por lo que al ser evidente una clara confusión en el planteamiento del problema, el mismo deviene en inadmisible por falta de fundamentación en la proposición jurídica, deviniendo en inadmisible por incumplimiento del art. 417 del CPP
- Por memorial presentado el 16 de octubre del 2017, cursante de fs
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se establece lo siguiente
- De la revisión del recurso de casación, se advierte lo siguiente
- 2)Refiere que el Tribunal de apelación también incurrió en falta de fundamentación, por los siguientes
- El Auto de Vista no cumplió con la aplicación del Art
- El art
- En este contexto, el art
- Por otra parte, para la admisibilidad del recurso de casación es menester observar los requisitos
- ii) Invocación del precedente contradictorio a tiempo de la interposición del recurso de apelación
- Esto significa que, no basta la simple mención, invocación, trascripción del precedente, ni la fundamentación
- iii) Como única prueba admisible se acompañará copia del recurso de apelación restringida, pues
- El precepto legal contenido en el citado art
- Sin embargo, existen situaciones de flexibilización de los requisitos de admisibilidad del recurso de casación
- Este entendimiento, no implica que el recurrente se limite en el recurso de casación a
- Cabe destacar que esta doctrina de flexibilización de los requisitos de admisibilidad y permisibilidad de
- IV. ANÁLISIS SOBRE EL CUMPLIMIENTO DE DICHOS REQUISITOS
- Respecto a los demás requisitos de admisibilidad se tiene que
- En el mismo motivo, también acusó que el Tribunal de apelación incurrió en incongruencia omisiva,
- En el segundo motivo de casación, por el cual la recurrente denunció que el Tribunal
- En el tercer motivo de casación, al igual que en el motivo anteriormente analizado, si
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
