Auto Supremo AS/0080/2018-RI
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0080/2018-RI

Fecha: 21-Feb-2018

POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,

Consiguientemente, por las razones expuestas supra, corresponde a este Tribunal Supremo de Justicia emitir resolución conforme prevé el art. 277.I del Código Procesal Civil con relación al art. 272.I del mismo cuerpo legal.
POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia, con la concurrencia del Magistrado Olvis Eguez Oliva asume el conocimiento y resolución de la presente causa a mérito del Auto Nro. 09/2018 de fecha 2 de febrero, con la facultad conferida por el art. 42 num. 1) de la Ley del Órgano Judicial de 24 de junio de 2010, y en aplicación del art. 277.I con relación al art. 272-I ambos del Código Procesal Civil, declara IMPROCEDENTE el recurso de casación de fs. 208 a 212 vta., interpuesto por Martha Poma Choque, contra el Auto de Vista Nº I-200/2017 de fecha 17 de mayo, cursante de fs. 200 a 202 vta., pronunciado por la Sala Civil Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz. Con costas y costos