Tribunal Supremo de Justicia Bolivia Auto Supremo AS/0055/2018
Fecha: 16-Mar-2018
-
Que, tramitado el proceso de referencia, el Juez Primero de Partido en Materia Administrativa, Coactiva
-
I.2 Motivos del recurso de casación
-
El referido auto de vista, motivó el recurso de casación en el fondo interpuesto por
-
Señaló además que la decisión asumida en el Auto de Vista N° 521, agravia los
-
b)Todo proceso administrativo y jurisdiccional en el que la mencionada empresa sea demandante o demandada,
-
Sostuvo que otro agravio que sufrió GRACO Santa Cruz, es otra errada interpretación de la
-
La citada normativa establece un plazo de suspensión que inicialmente son noventa días, sujeto a
-
Ahora bien, el proceso sancionador emerge de una omisión de pago, en ese sentido, la
-
Señalan también que la reestructuración voluntaria de empresas, generó un procedimiento reglado por su acogimiento
-
c)Con la novación ocurrió la extinción de la obligación tributaria inicial, conforme también lo reconoce
-
Otro agravio en el auto de vista es pretender fundamentar que a raíz de la
-
Tanto en la demanda, como en el recurso de apelación, BOLSER, no presentó argumentos referentes
-
La sanción impuesta en las resoluciones sancionatorias, emergen de la acción u omisión de no
-
Concluyó solicitando que el Tribunal Supremo de Justicia, CASE el Auto de Vista N° 521,
-
II.1 Fundamentos jurídicos del fallo
-
Por otra parte, si bien BOLSER se acogió al proceso de reestructuración de empresas, de
-
Lo anterior tiene relación con el objeto de la Ley 2495, descrito en su artículo
-
c)Con respecto al último punto, que con la novación ocurrió la extinción de la obligación
-
POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Segunda del Tribunal Supremo
-
Con costas
-
Regístrese, notifíquese y devuélvase
-
Magistrado Relator: Carlos Alberto Egüez Añez
Otros enlaces de interés: