Auto Supremo AS/0148/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0148/2018-RRC

Fecha: 20-Mar-2018

En consecuencia, al no haber dado cumplimiento los recurrentes, a su obligación de invocar precedente

En consecuencia, al no haber dado cumplimiento los recurrentes, a su obligación de invocar precedente contradictorio en la forma señalada por el art. 416 del CPP, el citado Auto Supremo 711/2015-RA de 2 de diciembre declaró -ante la carencia argumentativa de los recurrentes- que: “no corresponde el análisis de fondo de este motivo”, dictamen que también se mantiene incólume y exigible; en cuanto, a la delimitación del objeto procesal de la presente Resolución