II.1.De la Sentencia
II. ACTUACIONES PROCESALES VINCULADAS AL RECURSO
De la atenta revisión de los antecedentes venidos en casación, se tiene lo siguiente:
II.1.De la Sentencia
- Por memorial presentado el 2 de mayo de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 296/2015 de 4 de septiembre (fs
- b)Contra la Sentencia, el imputado Adelio Reas Huallpa (fs
- I.1.1. Motivos del recurso de casación
- 1) Ilegal revalorización de la prueba e incongruencia omisiva en el Auto de Vista impugnado
- El recurrente señala que en su recurso de apelación restringida, citó tres casos que denotaron
- El recurrente cuestionando las afirmaciones realizadas en Sentencia, hace alusión al Auto Supremo 73/2013-RRC de
- 2)Incongruencia omisiva sobre los agravios de valoración incompleta de las pruebas y falta de fundamentación
- Después de exponer los agravios que fueron planteados en contra de la Sentencia, en el
- Refiriendo el agravio relacionado a la falta de fundamentación probatoria intelectiva y el pronunciamiento que
- Indica que tampoco, hubo pronunciamiento sobre la falta de valoración intelectiva de la prueba judicializada
- Asimismo, indica que no consta valoración positiva o negativa de la declaración informativa de Severino
- 3)Incongruencia omisiva con relación a que la sentencia se basa en medios probatorios no incorporados
- Después de hacer alusión a partes de la Sentencia, en el que se habría establecido
- Indica que “el Tribunal”, no cumplió con el trámite previsto para la producción de prueba
- 4)Incongruencia omisiva en relación al reclamo de falta de fundamentación de la pena
- Alega que le condenaron a la pena de tres años y cuatro meses de presidio
- Señala que no existió ninguna consideración en la fijación de la pena, el tema de
- Después de referir el pronunciamiento que al respecto hizo el Auto de Vista impugnado, alegando
- 5)Omisión de pronunciamiento. Incongruencia omisiva
- Argumenta que el Tribunal de alzada no se pronunció respecto a dos reservas de apelación
- Invoca el Auto Supremo 051/2013 de 1 de marzo, refiriendo que establece la competencia del
- El recurrente solicita se deje sin efecto el Auto de Vista impugnado, anulando obrados y
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 628/2017-RA de 24 de agosto, cursante de fs
- II.1.De la Sentencia
- Por Sentencia 296/2015 de 4 de septiembre, el Tribunal de Sentencia de El Alto del
- •Las lesiones fueron demostradas con el certificado médico de la posta de Batallas, que refleja
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- Adicionalmente, en el otrosí 1, arguyó “DE LAS RESERVAS DE APELACIÓN” respecto a: i) La
- II.3. Del Auto de Vista 08/2016 de 25 de enero
- La Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz dictó el Auto
- II.4. Del Auto Supremo 721/2016-RRC de 19 de septiembre
- Conforme a los datos del proceso, se advierte que la presente causa fue radicada anteriormente
- II.5. Del Auto de Vista ahora impugnado
- Como consecuencia del referido Auto Supremo, la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia
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- III.1. Sobre la naturaleza del recurso de casación
- Como una consideración previa antes de ingresar a resolver las problemáticas planteadas, mediante la labor
- De tal manera que, en la labor de verificación o contraste entre lo resuelto en
- En esa línea esta Sala Penal a través del Auto Supremo 322/2012-RRC de 4 de
- III.2. Análisis del caso concreto
- III
- El presente motivo fue admitido únicamente a los fines de verificar si el Auto de
- Ahora bien, a los fines de resolver la problemática planteada, necesariamente debe acudirse al
- Por los fundamentos expuestos y por la naturaleza del recurso de casación que fue explicado
- Denuncia el recurrente que el Tribunal de alzada no se pronunció respecto a que el
- Al respecto, el recurrente invocó el Auto Supremo 73/2013-RRC de 19 de marzo, que
- El recurrente denuncia, que el Tribunal de alzada no se pronunció respecto a su reclamo
- III.2.4.Sobre la incongruencia omisiva en relación a la falta de fundamentación de la pena
- Al respecto invocó el Auto Supremo 507 de 11 de octubre de 2007, que fue
- Del precedente invocado, se tiene que la problemática difiere por completo de la temática del
- III.2.5.En cuanto a la omisión de pronunciamiento respecto a dos reservas de apelación
- En ese entendido, la parte que se sienta perjudicada por una resolución judicial, puede hacer
- Ingresando al análisis del presente motivo, del recurso de apelación restringida formulado por el recurrente
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
