Auto Supremo AS/0163/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0163/2018-RRC

Fecha: 20-Mar-2018

Señala que no existió ninguna consideración en la fijación de la pena, el tema de


Señala que no existió ninguna consideración en la fijación de la pena, el tema de la personalidad del autor ni los años que tiene, menos si tiene o no antecedentes, porque no valoraron la prueba PD-12, referido al certificado de inexistencia de antecedentes otorgado por las autoridades comunales de Catacora. Tampoco, consideraron las condiciones en las que se encontraba, porque si el Tribunal de Sentencia no creyó que se trasladó de Yaurichambi a Catacora, por su estado de ebriedad cuestiona por qué no se aplicó el art. 38 del CP, referido a semi-imputabilidad, además que la citada disposición legal refiere cuatro condiciones “y al no haber análisis alguno es obvio la no aplicación de este precepto”, por lo que existió falta de fundamentación e incumplimiento del art. 124 del CP