Auto Supremo AS/0213/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0213/2018

Fecha: 28-Mar-2018

Conforme el art

Asimismo, el art. 30 del CPP, refiere que el término de la prescripción empezara a correr desde la media noche del día en que se cometió el delito o en que cesó su consumación.
Conforme el art. 31 del CPP, sólo se interrumpirá por la declaratoria de rebeldía del imputado, momento desde el cual el plazo se computará nuevamente