Auto Supremo AS/0213/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0213/2018

Fecha: 28-Mar-2018

g)Asimismo, señala que debe considerarse que se suspendieron los plazos procesales por las vacaciones judiciales,


g)Asimismo, señala que debe considerarse que se suspendieron los plazos procesales por las vacaciones judiciales, conforme los previsto por el art. 130 del CPP, siendo que desde la gestión 2008 hasta el año 2017; es decir, 25 días por año de vacación que suman 225 días, periodo que debe ser descontado par el cómputo de la prescripción