En conocimiento del señalado Auto de Vista, la GRACO Santa Cruz del SIN, formuló recurso
II. FUNDAMENTOS DEL RECURSOS DE CASACIÓN:
En conocimiento del señalado Auto de Vista, la GRACO Santa Cruz del SIN, formuló recurso de casación en el fondo, cursante de fs. 250 a 254, señalando lo siguiente:
El Tribunal de alzada, al considerar en el punto IV.4 de los fundamentos del Auto de Vista, que no corresponde la depuración de las facturas que no cuentan con número de Registro Único de Contribuyente (RUC) o que el mismo este consignado de manera incorrecta, sino solo procede una contravención, vulneró la normativa aplicable y la Constitución Política del Estado, ocasionando lesiones a los derechos de la Administración Tributaria
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda contenciosa tributaria por REFICRUZ S
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, la sociedad de responsabilidad limitada REFICRUZ interpuso recurso de apelación,
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, la GRACO Santa Cruz del SIN, formuló recurso
- Que, a través de las normas regulatorias, la Administración Tributaria aplicando las facultades de los
- Desconociendo además, el art
- Petitorio
- Solicita que deliberando en el fondo, se case parcialmente el Auto de Vista N° 137
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación en el fondo, es necesario realizar las
- Ahora, de conformidad a lo que disponía el art
- Y el parágrafo I del art
- En mérito a lo expuesto, encontrándose fundados los motivos traídos en casación por la entidad
- Sin multa por ser excusable
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
