Planteada la demanda contenciosa tributaria por REFICRUZ S
Planteada la demanda contenciosa tributaria por REFICRUZ S.R.L., y tramitado el proceso, el Juez Primero Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario de Santa Cruz, pronunció la Sentencia Nº 22 de 22 de abril de 2010, de fs. 186 a 190, declarando improbada la demanda de fs. 137 a 142; en consecuencia mantiene firme y subsistente la Resolución Determinativa GSH-DTJC Nº 61/2008 de 26 de diciembre, emitida por la Gerencia Sectorial de Hidrocarburos del SIN
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda contenciosa tributaria por REFICRUZ S
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, la sociedad de responsabilidad limitada REFICRUZ interpuso recurso de apelación,
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, la GRACO Santa Cruz del SIN, formuló recurso
- Que, a través de las normas regulatorias, la Administración Tributaria aplicando las facultades de los
- Desconociendo además, el art
- Petitorio
- Solicita que deliberando en el fondo, se case parcialmente el Auto de Vista N° 137
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación en el fondo, es necesario realizar las
- Ahora, de conformidad a lo que disponía el art
- Y el parágrafo I del art
- En mérito a lo expuesto, encontrándose fundados los motivos traídos en casación por la entidad
- Sin multa por ser excusable
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
