para su análisis de fondo
El recurrente solicita que se deje sin efecto la resolución impugnada y se emita doctrina legal aplicable.
I.2. Admisión del recurso
Mediante Auto Supremo 666/2017-RA de 4 de septiembre, cursante de fs. 49 a 50 vta., este Tribunal admitió el recurso de casación formulado por Juan de Dios Martínez Senseve,
para su análisis de fondo
- Por memorial presentado el 2 de junio de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 36/2016 de 20 de octubre (fs
- b)Contra la mencionada Sentencia, el imputado Juan de Dios Martínez (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 666/2017-RA de 4 de septiembre,
- El recurrente alega que, el Auto de Vista impugnado incurre en incongruencia omisiva respecto a
- I.1.2. Petitorio
- para su análisis de fondo
- De la revisión de los antecedentes venidos en casación se tiene lo siguiente
- De manera conjunta interpuso recurso de apelación incidental y restringida, argumentando en cuanto al primero,
- 2
- II.2. Del Auto de Vista impugnado
- El recurso referido fue resuelto por el Auto de Vista de 9 de mayo del
- En cuanto, a la existencia de defectos absolutos, refirió: “El defecto absoluto del numeral 3
- Respecto a la corrección de procedimiento, que deja sin efecto el auto de apertura, señala
- En la parte dispositiva de la resolución descrita, el Tribunal de apelación, dispone que “(…)
- Admitido el recurso de casación, corresponde emitir pronunciamiento de fondo, dentro de los límites establecido
- III.1. Fundamentación de la resolución de alzada
- Este deber de pronunciamiento motivado y fundamentado, sobre cada una de las circunstancias alegadas en
- El incumplimiento a las normas adjetivas penales referidas precedentemente, por falta de circunscripción del Tribunal
- Otra forma de incongruencia de una resolución y que también vulnera el principio tantum devolutum
- Éste deber de congruencia, abarca la obligación de pronunciarse sobre aspectos incidentales, tomando en cuenta
- En lo que concierne a la resolución de excepciones, de conformidad al precepto contenido en
- III.2. Análisis del caso en concreto
- El Auto Supremo 051/2013-RRC de 1 de marzo, dictado dentro del proceso penal seguido por
- De lo descrito se establece que existe situación procesal similar entre el fallo impugnado y
- De la jurisprudencia citada en el acápite III
- En el caso de Autos, el recurrente señala que la incongruencia omisiva en el Auto
- La circunstancia alegada por el recurrente, no evidencia la falta de resolución de los dos
- Por otro lado, es importante expresar, que si bien en la parte resolutiva del Auto
- Bajo los argumentos, expuestos se declara expresamente que no existe contradicción entre el precedente invocado
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
