Auto Supremo AS/0252/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0252/2018

Fecha: 04-Abr-2018

Acusa errónea interpretación de la ley respecto a los arts

Acusa errónea interpretación de la ley respecto a los arts. 156 y 157. III del Código Procesal Civil, con referencia a la confesión espontánea, indica que en la demanda nunca se negó la concertación de la resolución del contrato, sostiene que la confesión espontánea tiene valor probatorio que describen los arts. 1321 y 1322 del Código Civil y la autoridad tenía la obligación de cumplir con el principio de realidad material según el art. 134 del Código Procesal Civil