Auto Supremo AS/0180/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0180/2018

Fecha: 07-May-2018

Indica que en aplicación de la Ley Nº 321, se incorporó a los trabajadores asalariados

Indica que en aplicación de la Ley Nº 321, se incorporó a los trabajadores asalariados permanentes al régimen de la Ley General del Trabajo (LGT); empero, en el caso presente la demandante, era trabajadora eventual, sujeta a un contrato de consultoría y por consiguiente sujeta a las previsiones de los arts. 4 y 6 de la Ley Nº 2027, evidenciándose que se incurrió en aplicación injusta e indebida de Ley Nº 321 y del DS Nº 110 y que por consiguiente, no le correspondía el pago de las vacaciones