Auto Supremo AS/0198/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0198/2018

Fecha: 07-May-2018

Petitorio

2.- Asimismo señala que en su excepción perentoria de vencimiento de plazo, conforme lo establecido por la Ley 1340 de 28 de mayo de 1992, se tiene que pasaron los 15 días que según dispone la norma tributaria, deben computarse desde la notificación con la resolución sancionatoria hasta la fecha de presentación de la demanda contenciosa tributaria, encontrándose la misma fuera de plazo, conforme a la jurisprudencia señalada en el Auto Supremo Nº 47/2015; en consecuencia, al determinar el auto de vista y la sentencia, que la demanda se encuentra dentro de plazo, omite sustentar su fundamento, al aplicar de manera preferente la Ley 439, y menciona equivocadamente el art. 10 de la Ley 1340 que se encuentra abrogado vinculado con el art. 4 del CTB, que son plazos para trámites administrativos que difieren del proceso contencioso tributario que tiene su procedimiento regulado por la Ley 1340, no correspondiendo su aplicación.
Petitorio