Auto Supremo AS/0211/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0211/2018

Fecha: 07-May-2018

Argumenta que fueron transgredidos y mal aplicados los arts

Argumenta que fueron transgredidos y mal aplicados los arts. 116 y 117 de la CPE, porque el ente gestor al corroborar la documentación presentada por el asegurado, puede identificar documentación adulterada, sin que previamente necesite exista una sentencia judicial que declare dicha falsedad, ya que ello lleva a un proceso previo y moroso; entre tanto, el Estado a la simple consideración de dicha documentación que cursa en el expediente, eroga pagos, que por objetividad y verdad material no corresponde; aspectos que deberán ser considerados por el Tribunal Supremo