En ningún momento, el Tribunal Ad quem al emitir el Auto de Vista ahora recurrido,
En ningún momento, el Tribunal Ad quem al emitir el Auto de Vista ahora recurrido, negó la facultad que asiste al SENASIR de fiscalizar y controlar las prestaciones del Sistema de Reparto, por haber sido otorgadas conforme a Ley, aclarando que esa su atribución debe estar enmarcada a derecho, sin vulnerar el debido proceso, menos aplicando disposiciones de jerarquía inferior, refiriéndonos concretamente a la Resolución Ministerial (RM) 266 de 25 de mayo de 2005, que vulneren derechos reconocidos por la CPE y por normativa internacional, que según el art. 410 de la CPE, gozan de primacía frente a cualquier otra disposición normativa, al ser parte del Bloque de Constitucionalidad
- I. ANTECEDENTES PROCESALES
- Resolución de la Comisión Nacional de Prestaciones del Sistema de Reparto
- A la solicitud de calificación de Renta de Vejez de Delfín Mendiola Muriel, la Comisión
- Resolución de la Comisión de Reclamación del SENASIR
- El rentista presenta recurso de reclamación, resuelto por la Comisión de Reclamación del SENASIR mediante
- Auto de Vista
- En apelación interpuesta por el rentista, la Sala Social, Contencioso Tributario y Contencioso Administrativa Segunda
- Contra el Auto de Vista, Olga Durán Uribe y Verónica Ardaya Miranda en su condición
- Con relación al art
- Señala que el art
- Argumenta que fueron transgredidos y mal aplicados los arts
- Solicita que el Tribunal Supremo de Justicia, case el Auto de Vista 42/2017 de 29
- III. ANÁLISIS JURÍDICO LEGAL, DOCTRINAL Y JURISPRUDENCIAL, APLICABLE AL CASO EN CONCRETO
- En el Estado Constitucional de Derecho vigente en nuestro país desde el 7 de febrero
- De la revisión del proceso concluimos que el señor Delfín Mendiola Muriel es jubilado titular
- El art
- En ningún momento, el Tribunal Ad quem al emitir el Auto de Vista ahora recurrido,
- En el caso de autos, por el Certificado de nacimiento de fs
- Con referencia a los arts
- Por lo analizado, corresponde a este Tribunal aplicar la disposición comprendida en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo
- Sin costas en aplicación de los arts
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
