Auto Supremo AS/0211/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0211/2018

Fecha: 07-May-2018

Contra el Auto de Vista, Olga Durán Uribe y Verónica Ardaya Miranda en su condición

II. ARGUMENTOS DEL RECURSO DE CASACIÓN
Contra el Auto de Vista, Olga Durán Uribe y Verónica Ardaya Miranda en su condición de apoderadas de Juan Edwin Mercado Claros, Director General Ejecutivo y Representante Legal del SENASIR, formulan recurso de casación en el fondo, cuyo escrito cursa de fs. 222 a 225, conforme los argumentos siguientes:
Argumentan errónea interpretación del art. 9 del Decreto Supremo (DS) 27991 de 28 de enero de 2005, que faculta al SENASIR cumplir con la revisión de oficio o por denuncia debidamente justificada de las calificaciones de rentas y pagos globales; revisión que puso en evidencia que el jubilado contaba con 45 años de edad, a la fecha de corte del sistema de reparto.
Señala que el SENASIR desarrolla sus actuados en cumplimiento de garantías constitucionales, como la seguridad social, no de manera discrecional sino bajo lineamientos de orden normativo en pos de evitar cualquier daño económico al Estado