Auto Supremo AS/0297/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0297/2018-RA

Fecha: 07-May-2018

Cabe destacar que la Sala Penal tiene por admitido el tercer motivo por cuanto el


Cabe destacar que la Sala Penal tiene por admitido el tercer motivo por cuanto el recurrente cumple de manera suficiente con la argumentación exigida para la apertura de competencia en vía de flexibilización. Es visible el señalamiento de los antecedentes de hecho generadores del reclamo (se precisa el elemento cuestionado que es el trámite otorgado a la realización del Dictamen Pericial Psicológico MP.DP- 7, y el trato procesal brindado, la negativa de considerar su exclusión probatoria alegando preclusión de derecho); el derecho o garantía constitucional vulnerado o restringido (el derecho a la defensa postulado en los arts. 115 y 117 de la CPE y el curso procesal emergente de los arts. 209 y 210 del CPP); se detalla con precisión en qué consistente la restricción o disminución del derecho o garantía (la consideración de aquel Dictamen, generó la limitación de un medio de defensa en juicio oral; y, neutralizó su derecho a cuestionar y proponer puntos de pericia); y por último, de explicar el resultado dañoso emergente del defecto (referidos en esencia a los resultados que emergieron de esa consideración)