Auto Supremo AS/0317/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0317/2018-RRC

Fecha: 15-May-2018

Conforme a la documental adjunta y producida en Juicio, se evidenció que a fs


Por Sentencia 2/2017 de 26 de enero, el Juez Cuarto de Sentencia del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, declaró a María Araceli Mercado Núñez, autora de la comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del CP, imponiendo la pena de dos años y cuatro meses de reclusión, con costas procesales, más la reparación de daños civiles, bajo los siguientes hechos probados: 

Conforme a la documental adjunta y producida en Juicio, se evidenció que a fs. 2 a 5 existiría un Testimonio extendido por las oficinas de DD.RR. de 29 de enero de 1999, que en su cláusula segunda Antonio Cuba Sierra da mediante venta real y definitiva a Domingo Zarate Apaza dos lotes de su propiedad, que existe un certificado de Folio Real donde se evidencia que existe una anotación preventiva a favor de Martina García Merma de dicho lote de terreno, a fs. 7 un certificado catastral a nombre de Domino Zarate Apaza, formularios de pago de impuestos municipales, minuta de transferencia suscrita entre Domingo Zarate Apaza, Benita Serrudo Quespi de Zarate y Martina García Merma, de 5 de noviembre de 2009, a fs. 10 formulario de reconocimiento de firmas, documento aclarativo y formulario de reconocimiento de firmas cursante a fs. 11 a 13, que acreditan el derecho real del bien inmueble a favor de Martina García Merma