Por memorial presentado el 4 de julio de 2017, cursante de fs
TRIBUNAL SUPREMO DE JUSTICIA
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 317/2018-RRC
Sucre, 15 de mayo de 2018
Expediente : Santa Cruz 119/2017
Parte Acusadora : Martina García Merma
Parte Imputada : María Araceli Mercado Núñez
Delito : Despojo
Magistrado Relator: Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 4 de julio de 2017, cursante de fs. 338 a 342, María Araceli Mercado Núñez, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 26/2017 de 19 de mayo, de fs. 326 a 335, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Sana Cruz, dentro del proceso penal seguido por Martina García Merma contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal (CP)
SALA PENAL
AUTO SUPREMO Nº 317/2018-RRC
Sucre, 15 de mayo de 2018
Expediente : Santa Cruz 119/2017
Parte Acusadora : Martina García Merma
Parte Imputada : María Araceli Mercado Núñez
Delito : Despojo
Magistrado Relator: Dr. Edwin Aguayo Arando
RESULTANDO
Por memorial presentado el 4 de julio de 2017, cursante de fs. 338 a 342, María Araceli Mercado Núñez, interpone recurso de casación, impugnando el Auto de Vista 26/2017 de 19 de mayo, de fs. 326 a 335, pronunciado por la Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Sana Cruz, dentro del proceso penal seguido por Martina García Merma contra la recurrente, por la presunta comisión del delito de Despojo, previsto y sancionado por el art. 351 del Código Penal (CP)
- Por memorial presentado el 4 de julio de 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- Contra la mencionada Sentencia, la imputada María Araceli Mercado Núñez (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- Falta de resolución expresa sobre el primer motivo de la apelación restringida, debido a que
- La recurrente solicita se declare fundado su recurso, disponiendo que el Tribunal de alzada pronuncie
- I.2. Admisión del recurso
- II.1.De la Sentencia
- Conforme a la documental adjunta y producida en Juicio, se evidenció que a fs
- De la declaración de los testigos de cargo Agustina Choque Chocaya, Esteban Merma Díaz, Rony
- Notificada con la Sentencia María Araceli Mercado Núñez, formuló recurso de apelación restringida, bajo los
- II.3. Del Auto de Vista impugnado
- La Sala Penal Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz emitió el Auto
- III.1. Sobre la incongruencia omisiva
- Conforme el desarrollo jurisprudencial de este Tribunal, cuando una autoridad jurisdiccional no se pronuncia sobre
- Consiguientemente, los Tribunales de alzada a momento de emitir sus fallos deben tener presente que
- III.2. Análisis del caso concreto
- Sintetizada la denuncia en la que alega, que el Auto de Vista recurrido no se
- Ingresando al análisis del presente recurso, conforme se precisó en los antecedentes procesales, ante la
- De esa relación necesaria de antecedentes, se evidencia que el Auto de Vista recurrido de
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- Regístrese, hágase saber y devuélvase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
