Auto Supremo AS/0332/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0332/2018

Fecha: 02-May-2018

Por otro lado el mismo Testimonio 498/97 hace referencia clara a un lote de terreno


CONSIDERANDO II:
DEL CONTENIDO DEL RECURSO DE CASACIÓN Y SU RESPUESTA

De las denuncias expuestas por la parte recurrente, se extrae de manera ordenada y en calidad de resumen las siguientes:

Acusó errónea aplicación de los arts. 400 y 401 del Código de Procedimiento Civil, 150 de la Ley 439. Con relación al testimonio de propiedad 498/97 este carecería de fuerza probatoria, ya que en la cláusula tercera en cuanto a la superficie del inmueble el mismo habría sido alterado, se evidencia raspones en la superficie de 4.974,25 m2, además en la última foja del Testimonio se consigna superficie total 4.507,35 m2, datos que serían contradictorios con relación a la superficie, más aún que en el folio real se tiene que el inmueble tiene una superficie de 4.307,35 m2.

Por otro lado el mismo Testimonio 498/97 hace referencia clara a un lote de terreno ubicado en la calle Rosendo Villa más no a uno en Av. Néstor Galindo, aspecto que corroboraría el folio real de fs. 86, el cambio de denominación de la calle no se habría acreditado por ningún documento idóneo. Más aún cuando en la documental presentada se refiere a que el lote de terreno se encontraría ubicado en zona Tickaloma como lo expresa la resolución municipal y el plano aprobado de fs. 1