Auto Supremo AS/0356/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0356/2018

Fecha: 07-May-2018

Al respecto diremos que conforme lo establecemos en la doctrina aplicable, en el punto III,

Al respecto diremos que conforme lo establecemos en la doctrina aplicable, en el punto III, la motivación de una Resolución no necesariamente debe ser ampulosa, ni llena de citas legales o doctrinales, pues bastará con que la misma explique las razones o motivos por los cuales el Juez de la causa tomo una determinación. En ese sentido el recurrente cuestiona que tanto la Sentencia como el Auto de Vista carecerían de motivación, razón por la cual diremos que la Sentencia estableció: “…se tiene comprobado que el demandado se ha sometido a una salida Alternativa de proceso Abreviado por el delito de Estafa Agravada y Asociación Delictuosa (…)declarando a Fernando Márquez Vaca, en la primera parte de la sentencia Autor y Culpable (…) imponiéndole la pena de tres años de privación de libertad a cumplirla en el Penal de Morros Blancos de la ciudad de Tarija, asimismo se lo condena en costas y al pago de la responsabilidad civil a favor de la víctima…”