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    Auto Supremo AS/0358/2018
    Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

    Auto Supremo AS/0358/2018

    Fecha: 07-May-2018

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    • Partes: Wilma Sánchez Villavicencio y otro. c/ Sonia Rosmerie Silbermann Unger
    • Distrito: Tarija
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    • CONSIDERANDO III
    • En mérito al principio de congruencia, toda resolución debe reunir la coherencia procesal necesaria, que
    • Al respecto, este Supremo Tribunal de Justicia a través de sus diversos fallos (Autos Supremos
    • La Jurisprudencia Constitucional ha desarrollado asimismo el principio de congruencia en la Sentencia Constitucional Nº
    • En este entendido, se ha orientado a través del Auto Supremo Nº 304/2016 que citando
    • III.2. Respecto al principio de pertinencia que deben guardar las resoluciones judiciales
    • En la SCP Nº 1073/2013 de 16 de julio, se ha razonado lo siguiente: “El
    • “Consecuentemente, tanto los Jueces y Tribunales de segunda instancia como los de casación, al pronunciar
    • III.3. De la motivación y fundamentación
    • Respecto a la exigencia de la motivación y fundamentación de las resoluciones como elemento constitutivo
    • Esos entendimientos fueron adoptados también en otros fallos posteriores, como en la Sentencia Constitucional Plurinacional
    • El art
    • Sin embargo, como es lógico, la fundamentación de la resolución de alzada debe circunscribirse a
    • III.4. De la teoría de la interversión del título
    • Sobre este punto este Tribunal en diferentes fallos ha señalado que el art
    • Corresponde ingresar a considerar los reclamos acusados en el recurso de casación, en ese entendido
    • De la revisión de antecedentes, en el caso de autos, este Tribunal ha constatado
    • 3
    • De la revisión de antecedentes se advierte que cualquier beneficio irregular de parte de los
    • Razones por las que al haberse constatado que el Auto de Vista responde congruentemente a
    • POR TANTO: La Sala Civil del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional de Bolivia,
    • Se regula honorario profesional en la suma de Bs
    • Regístrese, comuníquese y devuélvase
    • Relator: Mgdo. Juan Carlos Berrios Albizú.

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