Auto Supremo AS/0358/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0358/2018

Fecha: 07-May-2018

De la revisión de antecedentes se advierte que cualquier beneficio irregular de parte de los

De la revisión de antecedentes se advierte que cualquier beneficio irregular de parte de los demandantes, no fue objeto de la litis, asimismo se debe tener presente que en sentencia se declaró probada en parte la demanda reconvencional de pago por construcciones y mejoras, disponiéndose por una parte que la demandada restituya a favor de los demandados el inmueble, debiendo desocuparlo en el plazo de 30 días y por otra parte se ordenó a los demandantes devolver el valor de las construcciones realizadas en el inmueble, por consiguiente no se observa la argüida infracción al art. 129 del CC, que denuncia la impetrante, quien incurre además en contradicción al cuestionar sobre la permisibilidad para realizar las construcciones en un inmueble que no le pertenece, desconociendo su calidad de detentadora