Auto Supremo AS/0425/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0425/2018-RA

Fecha: 28-May-2018

De la revisión del recurso de casación de fs

II.4. Análisis del contenido del recurso de casación.
De la revisión del recurso de casación de fs. 152 a 153 vta., interpuesto por Zenón Sánchez Quispe, se desprende que el recurrente expone como reclamos, entre otros, los siguientes:
1. El Auto de Vista conculcó el art. 145 del Código Procesal Civil (CPC) en la valoración de la prueba porque ante las declaraciones de los testigos de cargo frente a las de la audiencia de conciliación, asumió la presunción de la prueba legal.
Añadió que el problema radica en que en las actas de conciliación de fs. 66 y 92, no reflejan exactamente lo que ocurrió en dichas audiencias, porque no fueron transcritas de manera correcta. Agregó que en el acta de conciliación del 24 de mayo de 2016, de fs. 92, el ad quem señala que las partes habrían manifestado su intención de conciliar; empero, no se insertó que el demandado Richar Mitma Crispín, afirmó a viva voz que por la venta que se realizó sobre el terreno no canceló la totalidad del precio convenido y frente a esa situación, para la presentación de un pre acuerdo, se señaló nueva audiencia.
El 25 de julio de 2017 (fs. 97), el demandado manifestó aceptar el pre acuerdo; empero, de forma maliciosa no suscribió el documento y de esa manera, en forma sucesiva, se señaló nueva audiencia para el 26 de agosto de 2016, en la que no se llegó a ningún acuerdo. Señaló que tampoco se transcribieron los condicionamientos del demandado para fijar el documento. Ante esa situación el ad quem señala que no se habría producido ninguna declaración de parte del demandado, conculcándose los arts. 145 del CPC, y los arts. 94 num. 4 y 121.I de la Ley del Órgano Judicial