En el caso de autos, el recurrente tiene legitimación procesal, en razón de haber sido
En el caso de autos, el recurrente tiene legitimación procesal, en razón de haber sido parte principal en el proceso en su calidad de demandante
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- II.1. De la resolución impugnada
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- En el caso de autos, el recurrente tiene legitimación procesal, en razón de haber sido
- De la revisión del recurso de casación de fs
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- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
