II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
En autos, se trata de un Auto de Vista pronunciado en relación al recurso de apelación presentado por el recurrente contra la sentencia que declaró improbada su demanda; por consiguiente, se encuentra dentro de la previsión contenida en el art. 270 del Código Procesal Civil.
II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
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- II.1. De la resolución impugnada
- II.2. Del plazo y cómputo de la presentación del recurso de casación
- II.3. De la legitimación procesal
- En el caso de autos, el recurrente tiene legitimación procesal, en razón de haber sido
- De la revisión del recurso de casación de fs
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- Regístrese, notifíquese y cúmplase.
