Auto Supremo AS/0179/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0179/2018

Fecha: 19-Jun-2018

Asimismo, debe tomarse en cuenta, que el fin de la responsabilidad contemplada en la Ley

Asimismo, debe tomarse en cuenta, que el fin de la responsabilidad contemplada en la Ley Nº 1178 infiere que todo servidor público debe responder por sus actos por acción u omisión, así como que toda persona natural o jurídica privada responda en la misma manera en el caso de causar daño al Estado, lo que supone que la atribución de indicios de responsabilidad no se encuentra librada a la discrecionalidad y menos a la arbitrariedad del órgano contralor, de tal modo que a discreción y liberalidad le sea permitido atribuir responsabilidades a determinados actores y excluir a otros, más al contrario, dicha responsabilidad debe ser atribuida en razón a la naturaleza del daño y las actuaciones de cada uno de los actores en el acto y el beneficio que estos obtuvieron