Asimismo; y en cuanto a la responsabilidad civil, el art
También resulta pertinente tomar en cuenta que ese artículo será aplicable en relación con lo dispuesto por el art. 56 del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública (RRFP), aprobado por DS Nº 23318-A de 3 de noviembre de 1992, que señala: “…(Corresponsabilidad) Para efectos del inciso a) del artículo 31 de la Ley 1178, los informes de auditoría deben incluir información fundamentada sobre la forma de autorización del uso indebido de bienes, servicios y recursos que causaron daño económico al Estado y la identificación del superior jerárquico que la expidió o manifestación expresa de si el daño económico se originó en las deficiencias de los sistemas de administración y control interno factibles de ser implantados en la entidad…”. [sic]
Asimismo; y en cuanto a la responsabilidad civil, el art. 50 del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública aprobado con Decreto Supremo 23318 A, señala claramente que la responsabilidad civil será determinada por juez competente; es decir que no es el ente encargado del control externo (CGE), quien determina la responsabilidad civil de los servidores o ex - servidores o terceros; en razón de que por mandato legal se ha delimitado claramente la función de determinar los indicios de responsabilidad civil, con aquella función eminentemente jurisdiccional que goza de competencia para resolver y decidir respecto a la existencia definitiva de responsabilidad civil
Asimismo; y en cuanto a la responsabilidad civil, el art. 50 del Reglamento de la Responsabilidad por la Función Pública aprobado con Decreto Supremo 23318 A, señala claramente que la responsabilidad civil será determinada por juez competente; es decir que no es el ente encargado del control externo (CGE), quien determina la responsabilidad civil de los servidores o ex - servidores o terceros; en razón de que por mandato legal se ha delimitado claramente la función de determinar los indicios de responsabilidad civil, con aquella función eminentemente jurisdiccional que goza de competencia para resolver y decidir respecto a la existencia definitiva de responsabilidad civil
- CONSIDERANDO I
- I.1.2 Auto de vista
- I.1.3. Motivo del recurso de casación
- Dicha resolución, motivó el recurso de casación en el fondo interpuesto por Tomás Rojas Sánchez
- 2
- 3
- Acta de entrega y recepción de fs
- Acta de entrega y recepción de fs
- Acta de entrega y recepción a fs
- Certificación del mecánico de fecha 30 de julio del 2005 cursante a fs
- 4
- 5
- I.1.4. Petitorio
- CONSIDERANDO II
- Resulta imperioso advertir, que previo a considerar los fundamentos del recurso de casación, el Tribunal
- En tal contexto, de la revisión de los antecedentes del proceso, se advierte que estando
- Sobre el Primer agravio expresado, se debe indicar que el mismo no guarda relación alguna
- Con relación al segundo, tercer, cuarto y quinto agravio tampoco guarda relación alguna con lo
- Referente al sexto agravio, hace referencia que el Tribunal de Alzada incurrió en quebrantamiento de
- Ahora bien; el art 410 de la Constitución Política del Estado, piedra angular
- Bajo la estructuración constitucional, es preciso tener presente que el art
- En el contexto, la responsabilidad civil prevista por el art
- Así glosada la normativa descrita, resulta pertinente tener presente en el marco de la responsabilidad
- Asimismo; y en cuanto a la responsabilidad civil, el art
- El jurisconsulto Celin Saavedra Bejarano, nos indica: 47
- Sin embargo, lo establecido en el artículo citado supra es muy conciso y no proporciona
- Su determinación está sujeta a los siguientes preceptos
- Como se puede apreciar, la acción u omisión son los hechos generadores de esta responsabilidad
- Continua indicando el mismo autor: “50
- El contexto normativo descrito debió ser considerado y aplicado en el análisis y conclusiones a
- Asimismo, debe tomarse en cuenta, que el fin de la responsabilidad contemplada en la Ley
- En ese marco, tanto de la normativa precitada, como del elemento fáctico que rodean al
- Es por todo ello, que advirtiéndose daño económico en el patrimonio del Estado y por
- Por todo lo señalado, en resguardo del derecho al debido proceso, el derecho a la
- POR TANTO: La Sala Contenciosa y Contenciosa Adm
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
