Auto Supremo AS/0179/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0179/2018

Fecha: 19-Jun-2018

Es por todo ello, que advirtiéndose daño económico en el patrimonio del Estado y por

Es por todo ello, que advirtiéndose daño económico en el patrimonio del Estado y por ende del de todos los bolivianos, la Contraloría General del Estado debe indagar y evaluar sobre todas aquellas personas involucradas que autorizaron, dispusieron y se beneficiaron con recursos del Estado para determinar su posible responsabilidad; siendo en su caso, de tal forma que bajo el resguardo y facultad que la ley otorga para el inicio de un proceso coactivo fiscal, se infiera dar cumplimiento a su objetivo en sí, que es el de recuperar el daño económico que se generó al Estado y sancionar a todos los responsables, corresponsables, y beneficiarios; obligación que la entidad llamada por ley a hacerlo, debiendo cumplir agotando todos los medios legales a su disposición y efectuando la fundamentación y motivación suficiente y necesaria en sus Informes, que determinen la participación o no en el hecho o acto que generó la responsabilidad civil de todos los actores que la Ley contempla y si como producto de ello ha menester excluir a determinados actores, tal decisión deberá también encontrarse debidamente fundamentada; garantizando de tal manera el cumplimiento efectivo de dicho deber jurídico, no hacerlo infiere el incumplimiento de su responsabilidad funcionaria