Por lo expuesto, rechazan el Recurso
La supuesta vulneración de los arts. “16, 17 y 171 de la CPE”, con relación a la presunción de inocencia y al debido proceso, no condice con la realidad ya que en la realización de la auditoría interna se le tomó su declaración informativa en la cual de manera expresa reconoce haber incurrido en incumplimiento del contrato y del Reglamento Interno del Banco Fassil S.A., y que se respetó el debido proceso tal como se demuestra con la documentación que se adjuntó en la contestación a la demanda, no pudiendo alegar tal fundamentación en el recurso de casación, toda vez que no tiene relación con la fundamentación y sustanciación del Auto de Vista.
III.2. Petitorio
Por lo expuesto, rechazan el Recurso de Casación en el fondo, solicitando se confirme el Auto de Vista emitido en fecha 18 de marzo de 2016
III.2. Petitorio
Por lo expuesto, rechazan el Recurso de Casación en el fondo, solicitando se confirme el Auto de Vista emitido en fecha 18 de marzo de 2016
- Luego de una relación acerca de las normas en las que se sustenta la procedencia
- Asimismo manifiesta que “Los artículos
- Concluyó el memorial solicitando a este
- Los demandados indican que han sido notificados con el “infundado
- Por lo expuesto, rechazan el Recurso
- Que, así expuestos los fundamentos del
- Por lo tanto este alto
- Asimismo indica que se vulneró
- Por otro lado el
- Su renuncia al recurso de apelación
- Que, en el marco legal descrito,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa,
- Con costas en aplicación del art. 223.V.2 del CPC
- Regístrese, notifíquese y devuélvase.
