Es preciso tener en cuenta que el subsidio de frontera, forma parte de la categoría
Es preciso tener en cuenta que el subsidio de frontera, forma parte de la categoría de los derechos laborales adquiridos, no llega a ser parte de los beneficios sociales, llegando a adquirirse estos derechos con la sola prestación de servicios dentro de una relación laboral con el transcurso del tiempo, como el sueldo, aguinaldo, bono de antigüedad, entre otros; y algún otro requisito especifico como para el caso del subsidio de frontera en el lugar donde se presta el trabajo
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de subsidio de frontera por Nemesio Alves Herrera, y
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, el Gobierno Autónomo Departamental de Pando interpuso recurso de apelación,
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, la Gobernación de Pando, formuló recurso de casación,
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- En el fondo
- El subsidio de frontera no le corresponde al actor, que fue contratado mediante contrato administrativo,
- Conforme a estos argumentos señala, una interpretación errónea del art
- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación en el forma y en el fondo, contra el Auto
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones
- Y conforme las características de este medio de impugnación, quien recurre de casación, debe citar
- Esta inobservancia, de ningún modo puede suplirse por este Tribunal, sin que esta decisión implique
- Respecto al fondo
- Es preciso tener en cuenta que el subsidio de frontera, forma parte de la categoría
- Al respecto la doctrina concibe a un derecho adquirido, como: “Aquel respecto del cual se
- Ahora, esta normativa que otorga este derecho adquirido, no hace distinción respecto a la condición
- En relación al art
- A lo manifestado, se complementa lo previsto en el art
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Sin costas en aplicación del art
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
