Debe considerarse que el recurso de casación en el fondo tiene por objetivo “modificar el
Debe considerarse que el recurso de casación en el fondo tiene por objetivo “modificar el contenido de un auto definitivo, sentencia o auto de vista”, al evidenciarse que los jueces o tribunales de instancia a tiempo de emitir sus resoluciones hubiesen incurrido en errores in judicando, aspectos que imperativamente deberán ser exteriorizados a través del recurso de casación en el fondo, por la parte recurrente, explicando en que consiste la violación de la norma que se alude, y no solo señalarla de vulnerada; esta inobservancia, de ningún modo puede suplirse por este Tribunal, sin que esta decisión implique negación del derecho de acceso a la justicia, a la tutela judicial efectiva y de otros derechos fundamentales, cuando estas conclusiones asumidas obedecen al propio desconocimiento y negligencia en que incurrió la parte recurrente a tiempo de formular el recurso de casación, omitiendo completamente la carga recursiva establecida por ley; en ese sentido se tiene infundado este argumento traído en casación
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y derechos laborales por Asunta Plata
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, German Saravia Mamani, propietario del restaurante “El Paso”, interpuso recurso
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, el restaurante “El Paso”, formuló recurso de casación,
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- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación, solicita se emita un Auto Supremo casando el Auto de
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones
- Más aún, tomando en cuenta que la normativa que señala como infringida, no se relaciona
- Debe considerarse que el recurso de casación en el fondo tiene por objetivo “modificar el
- Por lo que, al ser manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el empleador,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
