Auto Supremo AS/0272/2018
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0272/2018

Fecha: 18-Jun-2018

Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones

III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO:
Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones:
1.- En cuanto a la violación acusada de la Ley de 3 de noviembre de 1944, concordante con el art. 1 del D.S. de 24 de mayo de 1939, (señalado incorrectamente como decreto ley en el recurso), modificado por el art. 1 de la Ley de 8 de diciembre de 1942, se tiene que; el recurrente, no establece en forma específica como hubiese sido incumplida, desconocida o inaplicada por parte del Tribunal de alzada esta normativa, en la emisión del Auto de Vista, no señala en que consistió esta violación o de qué forma se infringieron esta disposiciones, afirmando de manera general, que no corresponde la antigüedad de 3 años, 2 meses y 1 día, otorgados a la actora, sino un tiempo de trabajo efectivo de 2 años, sin sustentar esta afirmación, menos inferir de que forma el Tribunal de alzada vulnero la normativa que alude, al confirmar el tiempo de servicios determinado en Sentencia; no siendo suficiente la simple enunciación de las normas que considera vulneradas, sin demostrar en términos razonados y razonables, en qué consiste la infracción que acusa