Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y derechos laborales por Asunta Plata
Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y derechos laborales por Asunta Plata Limachi, y tramitado el proceso, el Juez Séptimo del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronunció la Sentencia Nº 132/2014 de 18 de junio, de fs. 77 a 86, declarando probada en parte la demanda; esta resolución de primera instancia, es anulada por Auto de Vista Nº 004/2015 S.S.A.II de 13 de enero, de fs. 99; en cumplimiento a esta determinación, el Juez Séptimo del Trabajo y Seguridad Social de La Paz, pronuncio la Sentencia Nº 133/2015 de 15 de junio, de fs. 109 a 119, donde declara probada en parte la demanda de fs. 13 a 14, e improbada la excepción perentoria de prescripción; disponiendo que el propietario del restaurante “El Paso” cancele a favor de la actora, la suma de Bs.20.860,39.- (veinte mil ochocientos sesenta 39/100 bolivianos), por concepto de beneficios y derechos laborales detallados en ese fallo, incluida la multa del 30% determinada en al art. 9 del D.S. 28699 de 1 de mayo de 2006, debiendo este monto ser actualizado en ejecución de sentencia en UFV’s, conforme al señalado precepto
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y derechos laborales por Asunta Plata
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, German Saravia Mamani, propietario del restaurante “El Paso”, interpuso recurso
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, el restaurante “El Paso”, formuló recurso de casación,
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- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación, solicita se emita un Auto Supremo casando el Auto de
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones
- Más aún, tomando en cuenta que la normativa que señala como infringida, no se relaciona
- Debe considerarse que el recurso de casación en el fondo tiene por objetivo “modificar el
- Por lo que, al ser manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el empleador,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
