En conocimiento del señalado Auto de Vista, el restaurante “El Paso”, formuló recurso de casación,
II. ARGUMENTOS DEL RECURSOS DE CASACIÓN:
En conocimiento del señalado Auto de Vista, el restaurante “El Paso”, formuló recurso de casación, señalando lo siguiente:
1.- Se infringe la Ley de 3 de noviembre de 1944, concordante con el art. 1 del “D.L.” de 24 de mayo de 1939, modificado por el art. 1 de la Ley de 8 de diciembre de 1942, toda vez que el Auto de Vista recurrido, considera como fecha de ingreso el 27 de marzo de 2009, cuando la actora comenzó a trabajar a fines de mayo de 2010, prestando servicios en forma intermitente hasta el 1 de junio de 2012, con una antigüedad de 2 años, pero de ninguna forma 3 años, 2 meses y 1 día; por lo que debía reconocerse como tiempo efectivo de trabajo, 2 años, más aun, cuando se trata de un pequeño negocio donde con la ayuda de la demandante, se atendía el servicio de almuerzo al medio día, aspectos que son de pleno conocimiento de la actora, y que no fueron debidamente valorados por los juzgadores de instancia, infringiendo y aplicando erradamente normas laborales vigentes
En conocimiento del señalado Auto de Vista, el restaurante “El Paso”, formuló recurso de casación, señalando lo siguiente:
1.- Se infringe la Ley de 3 de noviembre de 1944, concordante con el art. 1 del “D.L.” de 24 de mayo de 1939, modificado por el art. 1 de la Ley de 8 de diciembre de 1942, toda vez que el Auto de Vista recurrido, considera como fecha de ingreso el 27 de marzo de 2009, cuando la actora comenzó a trabajar a fines de mayo de 2010, prestando servicios en forma intermitente hasta el 1 de junio de 2012, con una antigüedad de 2 años, pero de ninguna forma 3 años, 2 meses y 1 día; por lo que debía reconocerse como tiempo efectivo de trabajo, 2 años, más aun, cuando se trata de un pequeño negocio donde con la ayuda de la demandante, se atendía el servicio de almuerzo al medio día, aspectos que son de pleno conocimiento de la actora, y que no fueron debidamente valorados por los juzgadores de instancia, infringiendo y aplicando erradamente normas laborales vigentes
- I. ANTECEDENTES DEL PROCESO
- Planteada la demanda social de pago de beneficios sociales y derechos laborales por Asunta Plata
- Auto de Vista
- En conocimiento de la Sentencia, German Saravia Mamani, propietario del restaurante “El Paso”, interpuso recurso
- En conocimiento del señalado Auto de Vista, el restaurante “El Paso”, formuló recurso de casación,
- 2
- Petitorio
- Interpuesto el recurso de casación, solicita se emita un Auto Supremo casando el Auto de
- Expuestos así los argumentos del recurso de casación, es necesario realizar las siguientes consideraciones
- Más aún, tomando en cuenta que la normativa que señala como infringida, no se relaciona
- Debe considerarse que el recurso de casación en el fondo tiene por objetivo “modificar el
- Por lo que, al ser manifiesta la desigualdad existente entre el trabajador y el empleador,
- POR TANTO: La Sala Contenciosa, Contenciosa Administrativa, Social y Administrativa Primera del Tribunal Supremo de
- Regístrese, comuníquese y cúmplase.-
