II.3.Del Auto de Vista impugnado
Conocida la Sentencia, el acusador particular formuló recurso de apelación restringida, por considerar la existencia de aplicación errónea del art. 271 del CP, por defecto de Sentencia, previsto en el inc. 6) del art. 370 del CPP, manifestando que conforme al análisis jurídico, se llega al convencimiento que interpuesta la acción, ha sido víctima por parte del demandado quien ha actuado con alevosía, ensañamiento, premeditación, con el objetivo de causar daño, extremos corroborado por la prueba, que ha sido valorada de forma defectuosa y no a cabalidad por el juzgador, porque si bien han sido enunciados, carecen de una valoración conjunta, contundente, donde de la prueba que cita, se manifestó como conclusión, un impedimento de 20 días. Invoca precedente contradictorio del Auto Supremo 715 de 25 de noviembre de 2004. Otro vicio de Sentencia es le previsto por el art. 376, correspondiendo al Tribunal de alzada, observar si el Juez ejerció las reglas de la sana crítica a tiempo de valorar la prueba; es decir, su trascendencia en la apreciación de la prueba, la ciencia y la experiencia y la lógica del juzgador aplicando los arts. 173 y 359 del CPP, que en caso de autos se vulneró el art. 173 del CPP, desconociéndose las reglas de la sana crítica. Invoca nuevamente precedentes de los Autos Supremos 308/20016 de 25 de agosto del 2016 y 215 de 12 de junio de 2013. Aplicación errónea del art. 37 del CP. Solicita se imponga el quantum máximo de la pena, que corresponde a seis años de presidio, por ser que la parte durante el proceso, jamás ha demostrado un mínimo de arrepentimiento de los hechos delictuosos, demostrando prepotencia, alevosía, obstaculizando inclusive la investigación, solicitando se anule la Sentencia así como el procedimiento abreviado, por existir de manera flagrante, defectos en la resolución penal.
II.3.Del Auto de Vista impugnado
- Por memorial presentado el 15 de septiembre del 2017, cursante de fs
- I.1. Antecedentes
- a)Por Sentencia 5/2016 de 21 de enero (fs
- b)Contra la mencionada Sentencia, el acusador particular Wilfredo Martínez Fernández (fs
- I.1.1. Motivo del recurso de casación
- El recurrente denuncia que el Tribunal de apelación mediante la Resolución impugnada, declaró inadmisible el
- I.2. Admisión del recurso
- Mediante Auto Supremo 037/2018-RA de 5 de febrero, cursante de fs
- II.1.De la Sentencia
- •El Tribunal Tercero de Sentencia, en mérito a la acusación del Ministerio Público dispuso la
- •Posteriormente, luego de la descripción probatoria y su valoración, como consecuencia de la agresión física
- •Una vez de establecida la responsabilidad en el hecho, se fundamenta sobre la tipicidad de
- •Por lo que respecto a la petición del Ministerio Público, de que el imputado sea
- II.2. De la apelación restringida
- II.3.Del Auto de Vista impugnado
- El Auto de Vista 24/2016 de 23 de agosto, que declaró inadmisible el recurso de
- b)Haciendo un preámbulo del derecho de impugnación, el Tribunal de alzada manifiesta que la resolución
- De acuerdo a los argumentos del recurrente, circunscritos en la admisión del recurso de casación
- III.1.El Debido Proceso como Derecho, Garantía y Principio Constitucional
- A los fines de resolver la problemática planteada se debe tener presente que la jurisprudencia
- Por otra parte, el debido proceso reconocido en la CPE, en su triple dimensión como
- III.2. Del Procedimiento Abreviado en nuestra legislación
- En consecuencia, para la procedencia de la aplicación del procedimiento abreviado o alegación pre acordada,
- Respecto al trámite, el art
- La aplicación del procedimiento abreviado, tiene como base que el acusado reconozca haber cometido el
- III.3.El Derecho de Impugnación de las Sentencias en Procedimiento Abreviado
- El derecho de Impugnación encuentra su fundamento en el art
- El derecho a recurrir o a impugnar es una parte indisoluble del derecho al Debido
- Considerando que ante el reconocimiento expreso del derecho al recurso desde una perspectiva constitucional, como
- En consecuencia, esta Sala Penal asume con base al análisis efectuado, que la Sentencia emitida
- En ese entendido, conforme a lo dispuesto en el Auto Supremo Nº 232/2018-RRC de 18
- Por cuanto, el derecho al recurso de las Sentencias se encuentra consagrado por los arts
- III.4. Análisis del caso concreto
- Sobre el motivo en análisis, el recurrente denuncia que el Auto de Vista impugnado vulneraría
- Habiéndose admitido el recurso de casación bajo los criterios de flexibilización, se faculta al Tribunal
- Respecto a los derechos y garantías fundamentales denunciados como vulnerados por el recurrente, se señala
- …tiene un carácter dual ya que puede ser ejercido por el defensor y por el
- Entonces, definidos los alcances del derecho a la defensa, conforme su naturaleza propia, conservadora y
- Asimismo, se ha alegado la afectación del derecho a una justicia plural, pronta, oportuna, gratuita,
- Consiguientemente, otro de los derechos reconocidos por el debido proceso, también declarado como principio que
- En ese contexto, revisados los antecedentes establecidos en obrados, conforme consta de fojas 71 a
- Por ello, conforme a lo ampliamente expuesto, integrando las normas acordemente, señalar que de acuerdo
- Que, bajo este contexto doctrinal, jurisprudencial y normativo, en análisis de la resolución impugnada en
- La Sala Penal del Tribunal Supremo de Justicia, con la facultad conferida por el art
- A los efectos de lo previsto por el art
- En aplicación del art
- Regístrese, hágase saber y cúmplase
- Secretario de Sala Dr. Cristhian G. Miranda Dávalos
