Auto Supremo AS/0391/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0391/2018-RRC

Fecha: 11-Jun-2018

La recurrente denuncia que el Tribunal de apelación, no cumplió la doctrina legal establecida por


La recurrente denuncia que el Tribunal de apelación, no cumplió la doctrina legal establecida por el Auto Supremo 070/2017-RRC de 24 de enero, que había establecido que debe fundamentar y motivar la fijación del quantum de la pena, considerando los principios de equilibrio y proporcionalidad de la fijación de la pena y las circunstancias destacadas en la Sentencia; sin embargo, el Tribunal de apelación en el Auto de Vista impugnado, habría referido que “el juez A-quo, es la persona que valora la prueba, por cuanto es atribución exclusiva del dicha autoridad , lo único que puede hacer es controlar la expresión que de ese proceso han hecho dichos jueces en la fundamentación de la resolución” (sic), señalando además del referido argumento, que en el caso de autos existió premeditación, alevosía, ensañamiento y motivo bajo antisocial, el fin de dañar la dignidad y honorabilidad del querellante; empero, el Tribunal de alzada no hubiere fundamentado cuál es la conducta que demuestra la existencia de esas agravantes, razón por la que la fundamentación del Tribunal de alzada, sería sesgada, pues refiere que el Tribunal de apelación debió realizar una correcta y adecuada fundamentación y motivación del quantum de la pena, como establecen los arts. 213 y 124 del CPP; refiere también que el Tribunal de apelación, a tiempo de ratificar la fijación de la pena, no había considerado que la testigo Laura Saavedra, en el contra interrogatorio, no manifestó las mismas palabras que en su declaración principal, por lo que existiría errónea valoración de la misma, así como de la declaración de Rosa, Francisco, Ever y Miguelina, pues el segundo y tercero serían esposo y hermano de la supuesta víctima y la cuarta, una afiliada de su sindicato, por lo que las referidas pruebas no habrían sido valoradas con base a la psicología, por cuanto estas serían afectivas y parcializadas, a las cuales se les hubiere dado credibilidad absoluta, violando las reglas de la sana crítica y correcto entendimiento humano, la lógica, tercer excluido