Auto Supremo AS/0427/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0427/2018-RRC

Fecha: 13-Jun-2018

Asevera que el Tribunal de alzada, pese al impedimento en el que se halla, procedió


Del memorial de recurso de casación y del Auto Supremo 174/2018-RA de 21 de marzo, se extraen los siguientes motivos a ser analizados en la presente Resolución, conforme al mandato establecido en los arts. 398 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y 17 de la Ley del Órgano Judicial (LOJ).

Que la Sentencia de grado incurrió en el defecto contenido en el art. 370 inc. 6) del CPP, por brindar valor a una pericia psicológica que no cumplió con los requisitos ordenados por el art. 204 del CPP; ya que, solo fue una entrevista preliminar, aspecto que no fue tenido presente por el Tribunal de apelación.

Asevera que el Tribunal de alzada, pese al impedimento en el que se halla, procedió a valorar prueba, dando una opinión de fondo sobre la declaración de Juana Salvatierra de Escalera, al manifestar que en esa declaración no existiría ninguna contradicción; y por otro lado, brindar afirmaciones en torno a la comprobación del hecho a partir de lo expresado por el imputado, situaciones que a más de no tener marco normativo posible no condicen a la verdad de los hechos