Auto Supremo AS/0427/2018-RRC
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0427/2018-RRC

Fecha: 13-Jun-2018

El valor probatorio que el Tribunal le asigna a la prueba pericial ratificada en la


El valor probatorio que el Tribunal le asigna a la prueba pericial ratificada en la audiencia de juicio y a la documental introducida a la mancomunidad probatoria del proceso, viene a ser suficiente para probar que el imputado Leonardo Pérez Pinto, si es el autor y culpable de la comisión del delito de violación, previsto y sancionado en el art. 308 del CP; toda vez, que los elementos probatorios reunidos y judicializados, han llevado al Tribunal a la convicción indubitable de la autoría y responsabilidad del imputado en el hecho punible, en la conducta típicamente antijurídica, punible y sancionable, habida cuenta que la lesión corporal o física, conforme se acredita por el certificado médico forense se encuentra demostrada, de igual forma, mediante los trabajos periciales realizados en la persona de la menor y el testimonio de la víctima menor de edad se ha llegado a la evidencia cierta que quien viene a ser la víctima del ilícito penal, ha quedado afectada emocionalmente con los abusos practicados en su humanidad, cuyo testimonio ha sido avalado convincentemente por las pericias psicológicas practicadas en la víctima, pericia practicadas por profesionales psicólogos, que dan credibilidad cierta y suficiente para acreditar la existencia del hecho y la responsabilidad del autor, amén de que las pruebas testificales, si bien referenciales, han venido a arrojar nuevas luces en cuanto a la existencia del abuso fehaciente de abuso sexual, sin que los argumentos en de la defensa, hayan podido crear duda razonable en la conciencia y criterio personal y profesional de los miembros del Tribunal