Auto Supremo AS/0475/2018-RA
Tribunal Supremo de Justicia Bolivia

Auto Supremo AS/0475/2018-RA

Fecha: 29-Jun-2018

La recurrente, en el primer motivo de casación refiere que el Tribunal de Sentencia efectuó


La recurrente, en el primer motivo de casación refiere que el Tribunal de Sentencia efectuó una valoración defectuosa de la prueba, como defecto previsto por el art. 370 inc. 6) del CPP, incurriendo en falta de fundamentación, a lo que el Tribunal de apelación, no explica, ni fundamenta las razones o motivos por los cuales se deduce se hubiera asignado valor relativo a dicha prueba, o de qué parte de la Sentencia se infiere tal situación, que no obstante de haber argumentado en su recurso, no se encuentra respuesta alguna del Tribunal de alzada (cita extracto del Auto de Vista), carente de debida motivación, pisoteando el art. 398 del CPP. Igualmente debió indicar de manera detallada, cuáles fueron las razones y motivos por los cuales se les asignó tal o cuál determinado valor a cada una de las pruebas cuestionadas, advertir si se cumplieron o no las reglas de la valoración de la sana crítica previstas por el art. 173 del CPP. Invoca los Autos Supremos 011/2013-RRC de 6 de febrero y 308 de 25 de agosto de 2006